Tribunal Constitucional deja sin efecto la eliminación del “El Barrilito”

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En estado de fallo dejó el Tribunal Constitucional una acción que busca declarar inconstitucional la norma legal que otorga la entrega del fondo de Gestión Provincial Senatorial o “El Barrilito”.

Mediante una acción directa de inconstitucionalidad, la Fundación Derecho, Educación, Ciudadanía y Democracia estableció que con el Fondo de Gestión Provincial Senatorial, conocido como “Barrilito”,  durante más de 14 años el Senado ha violado  los artículos 6, 80, 39, 93 numeral 2; 137, 140, 237 y 246 de la Carta Magna por lo que, dijeron,  debe ser eliminado “de una vez y para siempre”.

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“No existe una sílaba en los 277 artículo de la Carta Magna, que ordene, establezca o sugiera que un senador reciba fondos para administrarlos, ya que en cualquier administración de un Estado de Derecho, quien fiscaliza no puede ni debe ni se le está permitido administrar fondos para uso de planes sociales, en virtud de que esas funciones le corresponden a los órganos del Poder Ejecutivo”, expresaron los representantes de la fundación en la audiencia del Tribunal Constitucional.

Precisan que el “El Barrilito” violar los artículos 80, 93 (atribuciones del Congreso); 140 (regulación e incremento de remuneraciones); 246 (control y fiscalización de los fondos públicos) de la Constitución.

En un audiencia virtual, la barra de representantes del Senado y de la Procuraduría General de la República (PGR) pidieron a los jueces declarar inadmisible la acción directa de inconstitucionalidad por falta de objeto.

Luego de escuchar a las partes, los jueces dejaron el expediente en estado de fallo.

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