Según reglamento militantes que participen en otros partidos podrían ser penalizados

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La participación de militantes de partidos políticos en los procesos internos de otras organizaciones para la escogencia de sus candidatos, establece consecuencias y penalidades, según lo advierten la Ley 33-18 y un reglamento de la Junta Central Electoral (JCE).

La Ley de Partidos, Agrupaciones y Movimientos Políticos (33-18), en su artículo 8, de la sección sobre afiliación, dice que “la participación en actividades de partidos contrarios implicará la renuncia automática a toda militancia anterior”.

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