¿En qué consiste la Ley de Partidos?

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    Por: Junior Trinidad

     

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    Luego de permanecer un largo tiempo sobre la mesa del debate y la discusión, finalmente la pasada semana el senado de la República aprobó la ley de partidos, agrupaciones y movimientos políticos, siendo promulgada posteriormente por el presidente Danilo Medina, el cual fue valorada por miembros de la sociedad Civil y Juristas.

    Sin embargo, algunas personas desconocen cuál es el contenido o el alcance de la misma. La ley de partido establece en el artículo 42 sobre regulación de recursos que las organizaciones políticas no podrán rebasar los siguientes límites. Pagina 31

    Ante la interrogante de ciudadanos que aún no conocen en que consiste la Ley de Partidos políticos, a continuación, ofreceremos un resumen de las disposiciones básicas o esenciales de la referida legislación en curso, que vendrá a regular el accionar político en la República Dominicana, entiéndase a poner reglas de juego claras, las que hasta ahora son inexistentes.

    En las campañas presidenciales no los partidos no podrán exceder los 70 pesos por electores hábiles inscritos en el registro electoral a nivel nacional. En las congresuales el tope máximo es de 60 pesos por electores.

    En tanto que en las municipales no podrán pasar de 50 pesos para los alcaldes y 25 para los regidores. Mientras que en los Distritos Municipales el tope es de 100 pesos para los directores y 25 pesos para los vocales. PAG 31.

    Ese mismo artículo en el párrafo 2 establece que las contribuciones individuales con el propósito de aportar al candidato no podrán exceder el 1 por ciento del monto asignado por la Junta Central electoral. PAG 32.

    En cuanto a la ropaganda electoral la Ley de Partidos establece en el artículo 43, sobre propaganda permitida durante la campaña, prohíbe participación de los candidatos o su vocero por iniciativa propia ante los medios de comunicación, televisiva, radial, escrita o sistema electrónico. PAG 32.

    Se limitará la producción y uso individual de materiales propaganda de tipo personal, tales como camisetas, gorras, banderas, distintivos, adhesivos y cintas. PAG 33.

    Queda limitado también la divulgación de mensajes transmitidos por teléfonos, facsímiles, correos, internet y otros medios de comunicación digitales, a excepción de la radio y televisión. La transmisión de mensajes vía llamada telefónica solo se podrá realizar en horario de 8 de la mañana a 8 de la noche. PAG 33

    Queda prohibida la promoción política a través de los mensajes publicitarios colocados y transmitidos por los diferentes medios de comunicación Radial y Televisivo. PAG 34

    El artículo 44 también prohíbe en el transcurso de la precampaña política las siguientes propagandas, el uso de pinturas en las calles, aceras, contenes, postes de energía eléctrica, arboles, propiedad privada, afiches, vallas, cruza calles, murales, altoparlante, discolith. PAG 34

    Sobre el procedo de la elección de selección de los candidatos de cada partido, la ley establece en el artículo 45 que los partidos políticos tienen el pleno derecho de convocar a sus primarias, convenciones y encuestas, y elegir sus candidatos y candidatas y que cada partido tiene el derecho de elegir su modalidad y método para realizar sus escogencias. Página 35

    La ley regulará, vigilará o fiscalizará tanto a los partidos legalmente reconocidos como a los candidatos o precandidatos a cargos electivos. página 5.

    EL articulo 5 la ley prohíbe inscribirse en partidos políticos miembros de la Fuerzas Armadas, Policía Nacional, los Tribunal Constitucional, Superior Electoral, de la junta central electoral, ministerio Publico, poder judicial, cámara de cuentas y defensor del pueblo. Página 7

    En cuanto a los derechos y deberes la ley establece que queda prohibido infuir por medio de violencia, amenazas, coacciones, engaños, desinformación, sobornos o dadivas, sobre los ciudadanos para obtener votos en favor de su candidatura o en contra del opositor. Pagina 21

    La ley reafirma cuota de participación de la mujer en cargos electivos e incluye una nueva cuota para la participación de jóvenes en los mismos puestos por elección.

    En muchos aspectos establece cuáles son las sanciones por violaciones cometidas contra las disposiciones de la referida ley.

    Aborda sobre la libertad de afiliación en organizaciones políticas. Dice los derechos y deberes de los partidos políticos. Habla de la renovación de los organismos internos y de la reelección de los dirigentes en cargos de los partidos.

    Consigna la obligatoriedad de la creación de centros de formación política. Además, habla de la facultad de la Junta Central Electoral (JCE), que entre otras atribuciones será la responsable de la aplicación de la referida ley.

    Esta son algunas de los principales puntos de la nueva ley de partidos que está llamada a regular los escrutinios electorales en el país y que su norte es alcanzar objetivos mediante el ejercicio del poder político, el cual busca ocupar cargos públicos electivos.

    ggnoticias01@gmail.com

    Tel; 809-686-3057-Ext 106

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