Diputados aprueban ley que regula otorgamiento de fuerza pública para realizar embargos

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    La Cámara de Diputados aprobó en segunda lectura el proyecto de ley que regula el otorgamiento de la fuerza pública para llevar a cabo las medidas conservatorias y ejecutorias (embargos).

    La pieza legislativa, de la autoría de los diputados Henry Modesto Merán y Demóstenes Martínez, tiene por objeto asegurar la legalidad y la ética de las actuaciones de los alguaciles y agentes que lo asistieren.

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    Dicha iniciativa, que ahora pasa al Senado, establece además que el ministerial requerido tendrá que hacerse acompañar de la fuerza pública previamente autorizada y del juez de paz del lugar de la ejecución

    Dice además que la autorización de fuerza pública será requerida mediante instancia dirigida al juez presidente de la Cámara de lo Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial del lugar de la ejecución o el que haya sido designado por este, conforme lo dispone el artículo 3 de esta ley.

    El proyecto de ley, que contó con el voto favorable de las distintas bancadas, establece en torno a la autorización, que el juez competente en un plazo no mayor de quince días hábiles, a partir de la fecha de la solicitud, autorizará el auxilio de la fuerza pública mediante auto no susceptible de ningún recurso.

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